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19 diciembre, 2024
PRESENCIA DE MICHOACÁN

Oportuno, el exhorto que presentó la Diputada Rocío Beamonte para pedir vacunación en menores: PRD

• A través del PRD, el Congreso Local escucha la voz de la ciudadanía

• Desde nuestro partido hemos solicitado que se garantice el derecho a la salud en la niñez: Ocampo

Las y los integrantes de la Dirección Estatal Ejecutiva (DEE) del Partido de la Revolución Democrática (PRD), coincidieron en señalar que es oportuno el acuerdo que presentó la Diputada Local, Rocío Beamonte Romero, presidenta de la Comisión de Salud y Asistencia Social para solicitar al gobierno federal que autorice la vacunación contra COVID en menores de edad.

Octavio Ocampo Córdova, Presidente del PRD, dijo que este instituto político ha velado y ha exigido que se garantice el derecho a la salud en la infancia, incluso, se presentó una queja en la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH), para que el gobierno federal atendiera el tema de la vacunación contra el COVID en menores de edad, porque únicamente se aplicaba a quienes presentan un padecimiento o mediante amparo.

Ocampo resaltó que hoy, a través de la Diputada Rocío Beamonte Romero, el Congreso Local está escuchando la voz de la ciudadanía, está atendiendo las causas de nuestra gente.

“De nuestra parte como partido político, habrá un trabajo coordinado con nuestras diputadas y diputados, con el objetivo de brindar resultados a las y los michoacanos”, expresó Ocampo.

En propuesta de Acuerdo, que fue avalada en el Congreso Local, se solicita respetuosamente al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos materialice el interés superior de la niñez consagrado en el párrafo noveno del artículo 4° de nuestra Carta Magna, y comience la inmediata aplicación de vacunas PFIZER BioN-Tech en niñas y niños, a partir de los 5 años de edad, contra el virus Sars-Cov-2 conforme a las dosis reconocidas por la Organización Mundial de la Salud para evitar los síntomas, secuelas y graves complicaciones que se pueden presentar a corto, mediano y largo plazo.

Lo anterior, en cumplimiento al derecho de prioridad establecido en el artículo 17 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, mismo que se extiende a la asignación prioritaria de recursos conforme al párrafo segundo del artículo 14 de dicha normatividad general, en congruencia con sus artículos 14 y 50 que nos obligan a proteger su vida,salud y supervivencia

Explica que en nuestro país sólo se inmuniza a las y los adolescentes a partir de los 15 años, o a partir de 12 años cuando tienen comorbilidades. Existen excepciones como Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas que ya han iniciado la vacunación para niñas y niños de 5 a 12 años, a través de un programa transfronterizo, donde los gobiernos estatales proveen de transporte y el gobierno de Estados Unidos y la iniciativa privada han donado vacunas; otra excepción han sido los amparos.

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